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Fiscalidad planes de pensiones

La fiscalidad de los planes de pensiones y de los planes de previsión asegurado permiten deducir las aportaciones de la base imponible del IRPF.

Fiscalidad planes de pensiones y planes previsión asegurado:

La fiscalidad de los planes de pensiones y de los planes de previsión asegurado permiten deducir las aportaciones de la base imponible del Impuesto de declaración de la renta dentro de los límites que marca la ley y que se incrementan conforme se acerque la edad de jubiliación.

El límite de está reducción será el menor entre las siguientes cantidades:

  • 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas individualmente obtenidas en cada ejercicio. ( Este porcentaje se elevará al 50% para contribuyentes mayores de 50 años).
  • 10.000 € anuales ( 12.500 euros para contribuyentes mayores de 50 años).

Aportaciones a planes de pensiones y previsión asegurado a favor del cónyuge

  • Los contribuyentes cuyo cónyuge no obtenga rentas a integrar en su base imponible o sean de cuantía inferior a 8.000 euros anuales ( 8.500 euros en Navarra), podrán reducir de su base imponible las aportaciones realizadas al plan del que sea titular el cónyuge, con el límite máximo de 2.000 € anuales ( 2.400 € en el País Vasco).

Aportaciones a planes de pensiones y previsión asegurado a favor del minusválido

  • Son deducibles las aportaciones realizadas a favor de personas con minusvalías con las que existe relación de parentesco en línea directa o colateral hasta el tercer grado con el límite de 10.000 € ( 8.000 € en el País Vasco). El total de aportaciones a sistemas de Previsión Social constituidos a favor de personas con discapacidad es: 24.250 €.
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