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Seguro de baja laboral por incapacidad temporal

Si es usted autónomo y le surge una incapacidad temporal que afecte la liquidez de su negocio y de su familia, su solución pasa por un seguro de baja laboral.

Sabemos que el 90 % de lo autónomos cotizan por la Base Mínima por lo que a día de hoy si usted es autónomo y cotiza por es Base Mínima 850,20 € en el supuesto de padecer una enfemedad o accidente que le obligue a estar de baja laboral durante 30 días, percibe:

  • 501,62 €: el 60% sobre 850,20 desde el cuarto al vigésimo día de la baja y el 75% sobre 850,20 a partir del vigésimo primer día de la baja hasta el trigésimo en este caso.
  • Su cuota de autónomos es de 254,71 € que debe liquidar a la Seguridad Social tanto se trabaja como si está de baja laboral.En resumen su liquidez real para este mes de baja es de 247,41 €.
  • En caso de que la baja fuera superior los meses sucesivos el líquido a percibir de 383,44 €.

Este ejemplo nos muestra claramente que con unos ingresos de este tipo seríamos incapaces de soportar los gastos tanto del negocio como personales y familiares.Por lo que salvo que se disponga de un gran colchón económico que nos aporte tranquilidad y seguridad, la mejor solución para salir adelante sería el tener contratado un seguro de baja laboral por incapacidad temporal.


Características de este seguro de baja laboral 

  • Tiene como objeto garantizar un subsidio diario al asegurado en caso de incapacidad laboral temporal que imposibilite desempeñar su actividad habitual como consecuencia de enfermedad o accidente.
  • El período de cobertura habitual es de 365 días.
  • Se puede ampliar en función de las necesidades de cada asegurado.Indemnizaciones desde los 10 euros hasta los 400 euros diarios.Gasto fiscalmente deducible.
  • El límite máximo será de 500 euros por persona.

 

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